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1. VISION DE FUTURO. Charlas sobre la justicia con alumnos de varios establecimientos educativos. Su finalidad: contribuir a formar buenos ciudadanos y defender la imagen del Poder Judicial. Entre los colegios que visitó o visitaron el juzgado se destacan por fecha el Chaltel College (8-6-1995), el Instituto San José Obrero (28-8-1997), la Escuela Martín Buber (20-5-1999) y en el Instituto Libre de Segunda Enseñanza (ILSE). Existen documentos y videos que lo acreditan, haciendo referencia a la "formación de buenos ciudadanos", "su aporte a la formación de nuestros jóvenes en una sociedad donde la Justicia es un pilar fundamental para el afianzamiento del sistema democrático con activa participación ciudadana" y "por compartir esta actividad de Shavuot con nosotros".
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2. PRACTICAR LA INMEDIACIÓN. Uno de los principios procesales es el llamado "de inmediación" que significa que debe haber una inmediata comunicación entre el juez, los justiciables, los hechos que motivan el juicio y los medios de prueba. Fue una práctica constante del ex-juez civil Bernardo Nespral practicar la inmediación, haciéndose presente en casas con ruidos molestos, con problemas de humedad, en desalojos (tratando de buscar alojamiento para los enfermos, ancianos y mujeres con niños que eran desalojados).
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3. INSPECCIONAR LUGARES DE INTERNACIÓN. Cumpliendo con lo dispuesto por la Ley 22.278 (VII-b) visitaba personalmente a los enfermos internados en los neuropsiquiátricos para verificar las condiciones de alojamiento y cuidado personal, así como la atención recibida por éstos. Pero no terminaba ahí, buscaba por todos los medios que se brindara al enfermo la atención que merecía, porque los enfermos -como toda otra persona- tienen derechos humanos fundamentales a la vida, la salud y la dignidad, los que deben resguardarse con hechos y no con palabras. Sin perjuicio de las imposiciones legales, "la caridad es un servicio que nace del corazón". Todos los medios son válidos cuando se cumple con la ley y con la fe, sin dañar a nadie.
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4. NO A LA DISCRIMINACIÓN. Personal intervención ordenando la atención médica de una persona gay que era discriminada. La intervención personal del ex- juez Bernardo Nespral tuvo mucha repercusión en el país y en el exterior. Su presencia en la empresa de medicina pre-paga, acompañado de la prensa y de la policía fue lo que motivó la inmediata atención de esa persona, cuya vida corría peligro. Aunque con algunos errores, ya que no hubo dos ingresos, el diario Página 12 describe cómo ocurrieron las cosas y la personal intervención del ex-juez. Una actitud que demuestra ejecutividad y sensibilidad.
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4. NO A LA DISCRIMINACIÓN. Personal intervención ordenando la atención médica de una persona gay que era discriminada. La intervención personal del ex- juez Bernardo Nespral tuvo mucha repercusión en el país y en el exterior. Su presencia en la empresa de medicina pre-paga, acompañado de la prensa y de la policía fue lo que motivó la inmediata atención de esa persona, cuya vida corría peligro. Aunque con algunos errores, ya que no hubo dos ingresos, el diario Página 12 describe cómo ocurrieron las cosas y la personal intervención del ex-juez. Una actitud que demuestra ejecutividad y sensibilidad.
http://www.clarin.com/diario/1998/11/12/e-03501d.htm
www.pagina12.com.ar/1998/98-11/98-11-12/pag21.htm
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5. UN JUEZ REINVIDICA A LOS USUARIOS. Título de tapa de Clarín, del 11/11/1994
Multa a la Municipalidad y a su abogado por exigir facturas ya pagadas y, principalmente, por desconocer la documentación probatoria, que fue considerado una "inconducta procesal".
Se difundió el 11/11/94 en todos los medios periodísticos.
Clarín: http://www.clarin.com/ (tapa y pag. 36).
La Nación: http://www.lanacion.com.ar/ (pág. 21).
La Prensa http://www.laprensa.com.ar/ (pág. 5).
Página 12 http://www.pagina12.com.ar/ (pág. 14).
El Cronista http://www.cronista.com/ Interesante comentario del periodista Edgardo Silverkasten.
Opinión de un prestigioso jurista: Estos fallos hicieron escuela de la moral que debe servir de ejemplo de un correcto ejercicio de la magistratura. "No sólo contribuyen al resguardo de los intereses subjetivos en juego, sino que concurren de modo ejemplar al sostenimiento de los principios fundamentales que consagran el sistema republicano" (José M. Curá).
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6. DECLARACIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD. Como prueba de la independencia y siendo un defensor a ultranza de la Constitución Nacional y de los derechos humanos fundamentales, en octubre de 1995 declaró la inconstitucionalidad del Decreto 260/1997 del Poder Ejecutivo Nacional (Revista Abogados . Año 2, Nº 13). Dado que fue prorrogado por Decreto 255/2000, el ex-juez Bernardo Nespral, con iguales fundamentos, también lo declaró inconstitucional (Revista Tener Presente, Año II, Nº 22). También dictó otras sentencias de inconstitucionalidad que fueron publicadas y difundidas por prestigiosas revistas especializadas en derecho.
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7. ÉTICA PUBLICA. El diario La Nación del 28-8-97 publicó un artículo titulado: "La DGI y los fiscales se suman a los 33 jueces". La nota se refería a la decisión de 33 jueces que solicitaron a la Corte Suprema la eliminación del secreto sobre las declaraciones patrimoniales. Más adelante expresa textualmente: "Todos los magistrados consultados espontáneamente por La Nación dijeron que no tenían inconveniente en que se difundiera su patrimonio y algunos como el juez civil Bernardo Nespral, se lo notificaron formalmente a la Corte Suprema".
Fuente: http://www.lanacion.com.ar/ Fecha 28-8-1997.-
Años más tarde, el entonces juez Bernardo Nespral envió su declaración jurada patrimonial a la Oficina Anticorrupción y a la Fundación Poder Ciudadano (representante de Transparencia Internacional). La Oficina Anticorrupción, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, se la devolvió con el texto que figura en este blog y que en su segundo párrafo dice: "...merece destacarse su actitud que pone de manifiesto la adhesión a los valores de probidad y transparencia que resultan fundantes de un genuino accionar democrático". Fdo. José Massoni. Oficina Anticorrupción.
www.pagina12.com.ar/1998/98-11/98-11-12/pag21.htm
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5. UN JUEZ REINVIDICA A LOS USUARIOS. Título de tapa de Clarín, del 11/11/1994
Multa a la Municipalidad y a su abogado por exigir facturas ya pagadas y, principalmente, por desconocer la documentación probatoria, que fue considerado una "inconducta procesal".
Se difundió el 11/11/94 en todos los medios periodísticos.
Clarín: http://www.clarin.com/ (tapa y pag. 36).
La Nación: http://www.lanacion.com.ar/ (pág. 21).
La Prensa http://www.laprensa.com.ar/ (pág. 5).
Página 12 http://www.pagina12.com.ar/ (pág. 14).
El Cronista http://www.cronista.com/ Interesante comentario del periodista Edgardo Silverkasten.
Opinión de un prestigioso jurista: Estos fallos hicieron escuela de la moral que debe servir de ejemplo de un correcto ejercicio de la magistratura. "No sólo contribuyen al resguardo de los intereses subjetivos en juego, sino que concurren de modo ejemplar al sostenimiento de los principios fundamentales que consagran el sistema republicano" (José M. Curá).
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6. DECLARACIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD. Como prueba de la independencia y siendo un defensor a ultranza de la Constitución Nacional y de los derechos humanos fundamentales, en octubre de 1995 declaró la inconstitucionalidad del Decreto 260/1997 del Poder Ejecutivo Nacional (Revista Abogados . Año 2, Nº 13). Dado que fue prorrogado por Decreto 255/2000, el ex-juez Bernardo Nespral, con iguales fundamentos, también lo declaró inconstitucional (Revista Tener Presente, Año II, Nº 22). También dictó otras sentencias de inconstitucionalidad que fueron publicadas y difundidas por prestigiosas revistas especializadas en derecho.
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7. ÉTICA PUBLICA. El diario La Nación del 28-8-97 publicó un artículo titulado: "La DGI y los fiscales se suman a los 33 jueces". La nota se refería a la decisión de 33 jueces que solicitaron a la Corte Suprema la eliminación del secreto sobre las declaraciones patrimoniales. Más adelante expresa textualmente: "Todos los magistrados consultados espontáneamente por La Nación dijeron que no tenían inconveniente en que se difundiera su patrimonio y algunos como el juez civil Bernardo Nespral, se lo notificaron formalmente a la Corte Suprema".
Fuente: http://www.lanacion.com.ar/ Fecha 28-8-1997.-
Años más tarde, el entonces juez Bernardo Nespral envió su declaración jurada patrimonial a la Oficina Anticorrupción y a la Fundación Poder Ciudadano (representante de Transparencia Internacional). La Oficina Anticorrupción, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, se la devolvió con el texto que figura en este blog y que en su segundo párrafo dice: "...merece destacarse su actitud que pone de manifiesto la adhesión a los valores de probidad y transparencia que resultan fundantes de un genuino accionar democrático". Fdo. José Massoni. Oficina Anticorrupción.
Al renunciar a su cargo puso a disposición del Presidente de la Nación Argentina su declaración jurada patrimonial.
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8. UN JUEZ LUCHA POR LA IMAGEN DE LA JUSTICIA. "El llanero solitario". Así se titula un artículo publicado por la Revista Imagen en un reportaje hecho al entonces juez Bernardo Nespral. La Revista Imagen es una revista de primer nivel sobre temas empresarios, en especial de comunicación, prensa y relaciones públicas. Mayo de 1998. http://www.relacionespublicas.com/
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8. UN JUEZ LUCHA POR LA IMAGEN DE LA JUSTICIA. "El llanero solitario". Así se titula un artículo publicado por la Revista Imagen en un reportaje hecho al entonces juez Bernardo Nespral. La Revista Imagen es una revista de primer nivel sobre temas empresarios, en especial de comunicación, prensa y relaciones públicas. Mayo de 1998. http://www.relacionespublicas.com/
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9. COMITÉ ACADÉMICO DE POSGRADO. Luego de alejarse de sus funciones, Bernardo Nespral apoyó a una agrupación de abogados que ganó las elecciones del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Primero, a sugerencia suya, en el año 2006 se creó el Instituto de Derecho Romano, del que fue designado Director. En noviembre de 2008 fue nombrado Miembro del Comité Académico de la Escuela de Posgrado. La carta de nombramiento dice: "...conociendo su prestigio académico, su trayectoria profesional y fundamentalmente, su valía de persona de bien...".- Firman el Presidente y el Secretario General del Colegio Público de Abogados.
Ver nota en este blog y web http://www.cpacf.org.ar/
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